ADMINISTRATIVO: Prima Antigüedad

 

Se mantiene bajo el mismo criterio establecido en la  Instrumento Normativo de las Relaciones entre la Universidad Simón Bolívar y su Personal Administrativo y Técnico en el  Capítulo X: Del Reconocimiento de la Antigüedad, en los artículos: 83.- Aumento por Antigüedad que dice:

La Universidad concederá a sus trabajadores un aumento de sueldo por antigüedad cada dos (2) años, equivalente al 8% calculado sobre el sueldo básico del trabajador. En todo caso la prima por antigüedad que se otorga al trabajador se mantendrá cualquiera sea el cargo administrativo o técnico que ocupe. Este monto formará parte de la valoración personal por antigüedad.

 

Parágrafo Único: El tiempo de servicio continuo o con una interrupción no mayor de tres (3) meses trabajados en la Universidad, en cualquier otro tipo de contratación diferente a la de personal fijo, será considerado para la aplicación de este beneficio.

 

Y Artículo 84.- Reconocimiento por Años de Servicios:

La Universidad reconocerá el tiempo de servicio (antigüedad) en la Institución de la siguiente manera:

 

Al cumplir 5 años 5%

Al cumplir 10 años 10%

Al cumplir 15 años 10%

Al cumplir 20 años 15%

 

El porcentaje se calculará sobre el sueldo básico. Este monto formará parte de Valoración Personal por Antigüedad.

 

Parágrafo Único: En caso de que algún trabajador no haya recibido alguno de los incrementos porcentuales quinquenales aquí señalados, la diferencia porcentual le será reconocida en el momento en la cual entre en vigencia el presente Instrumento Normativo.


Realice su ejercicio aquí  FORMULA PARA CALCULAR PRIMA POR ANTIGÜEDAD Y BONO PROFESIONAL Y TÉCNICO