Régimen Prestacional de Vivienda - FAOV
El FAOV es un fondo que está constituido por el ahorro - individual y patronal - equivalente al 3% del salario integral mensual de los empleados (2% pagado por el patrono y 1% por el trabajador) y por la recuperación de los créditos ya otorgados.
Este fondo permite a los trabajadores el acceso progresivo a créditos para la compra de vivienda principal. El pago de este aporte debe realizarlo el patrono los primeros cinco días de cada mes, a través de una institución financiera calificada por el Banavih.
En caso de solicitud de crédito hipotecario los recaudos son los siguientes:
El titular debe presentarse en el Dpto. de Administración y Desarrollo del Personal Administrativo y Obrero, solicitar la relación de cotizaciones del fondo de ahorro obligatorio para la vivienda (FAOV) y constancia de afiliación de Ley de Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat. Luego dirigirse a la entidad bancaria obtener el asesoramiento para cumplir con el trámite de solicitud de crédito hipotecario.
La solicitud de constancias de Ley de Régimen Prestacional de Vivienda y hábitat será consignada 4 días posteriores a la fecha de solicitud, el cual se debe realizar (entre el 10 al 20 de cada mes) ya que el sistema del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH) emite las constancias en el periodo antes indicado.
En caso de solicitud de retiro de haberes del personal pensionado y jubilado los recaudos son los siguientes:
El titular debe presentarse en el Dpto. de Administración y Desarrollo del Personal Administrativo y Obrero, solicitar la relación de cotizaciones del fondo de ahorro obligatorio para la vivienda (FAOV) y constancia de afiliación de Ley de Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat. La solicitud de constancias de Ley de Régimen Prestacional de Vivienda y hábitat será consignada 4 días posteriores a la fecha de solicitud, la cual se debe realizar (entre el 10 al 20 de cada mes) ya que el sistema del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat (BANAVIH) emite las constancias en el periodo antes indicado.
Fotocopia de Cédula de Identidad ampliada al 150%
Carta de antecedentes de servicio
Fotocopia de la constancia y/o resolución, carta de jubilación
Declaración jurada de no poseer una deuda por concepto de crédito hipotecario
Lista de recaudos firmada por el solicitante
Poseer cuenta bancaria del Banco de Venezuela
Una vez cumplido con todos los requisitos, el titular debe dirigirse a la sede del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat, ubicada en la Av. Venezuela, Torre Banavih, El Rosal Caracas. http://www.banavih.gob.ve Telf.: (0212) 9575286.
Para mayor información visualizar el portal de BANAVIH o dirigirse a:
Sede Sartenejas: Departamento de Administración y Desarrollo del Personal Administrativo y Obrero. Edif. Ciencias Básicas II, piso 3, Ofic. 305. Teléfonos: 0212-9063489 al 91.
Área de Atención al Jubilado y Pensionado, Edif. Ciencias Básicas II, Planta Baja. Teléfono/Fax: 0212-906.3477.
Sede Litoral: Departamento Gestión del Capital Humano, Edif. Administrativo, piso 1. Teléfonos: 0212-9069045 al 53.